Extremadura
Criterios de prioridad para el acceso a ciclos de grado superior
Para alumnos provenientes de Bachillerato
Haber cursado alguna de las modalidades y materias de Bachillerato relacionadas que, a estos efectos y para cada ciclo formativo, determinan los Reales Decretos que establecen los títulos de formación profesional de grado superior.
Las citadas modalidades y materias se reflejan en el Anexo VII y Anexo VIII de esta orden. A estos únicos efectos, se tendrán en cuenta las equivalencias en modalidad y materias que se contemplan en el Anexo IX.
Haber cursado alguna de las modalidades de Bachillerato, Bachillerato Experimental o las correspondientes opciones del Curso de Orientación Universitaria y ninguna de las materias de Bachillerato a las que se refiere el apartado a.1 anterior. Igualmente, y para estos únicos efectos, se tendrá en cuenta la equivalencia de modalidades y opciones que se contemplan en el Anexo IX.
Dentro de cada subgrupo se establecerá prioridad según la mayor nota media del expediente académico.
Orden que regula la admisión a ciclos formativos GM y GS (PDF)