Guardia Civil
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La Guardia Civil cuenta con más de 20 especialidades para ejercer las funciones y competencias que tiene asignadas. Entre ellas Policía Administrativa, Resguardo Fiscal del Estado, Seguridad Pública, Asistencia, Policía Judicial e Información.
Especialidades:
- Tráfico
- Protección de la Naturaleza
- Seguridad Ciudadana
- Servicio Aéreo
- Servicio Cinológico
- Servicio de Montaña
- Servicio Marítimo
- Unidad Especial de Intervención
- Policía Judicial
- Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa NRBQ (SEDEX - NRBQ)
- Actividades Subacuáticas
- Agrupación de Reseva y Seguridad (A.R.S)
- Unidad de Subsuelo, etc.
REQUISITOS DE ACCESO:
Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) No estar privado de los derechos civiles.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
f) ener cumplidos dieciocho (18) años en el año que se presente al proceso selectivo. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año natural, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.
g) No superar durante el año natural la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año natural la edad de 41 años.
h) Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
i) Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
- Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
j) No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
k) No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
l) No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
m) Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
n) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
ñ) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que puedan ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil conforme a la Orden General n.o 12, de 28 de diciembre de 2009, Uniformidad en el Cuerpo de la Guardia Civil («Boletín Oficial de la Guardia Civil» n.o 1, de 12 de enero de 2010).
PROCESO SELECTIVO:
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos del admitido a las pruebas, justificados de acuerdo con el Apéndice I de este Anexo.
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas:
1. Ortografía:
Consistirá en la realización de un ejercicio con diez frases numeradas del uno al diez, en las que se han subrayado cuatro palabras en cada frase con las letras A, B, C y D, debiendo señalar las palabras que presenten una falta ortográfica.
Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una palabra con falta de ortografía como marcar una que es correcta.
El tiempo para esta prueba será de diez (10) minutos.
2. Conocimientos:
Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas tipo test, extraídas de los temas que figuran en el Apéndice «A» del Anexo a la Orden de 9 de abril de 1996; además se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva que figuran en el cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de una hora y treinta y cinco (1 h 35 min.) minutos.
Las preguntas de reserva, solamente, serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario.
3. Lengua extranjera:
Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma inglés con un nivel compatible con los contenidos contemplados para la ESO en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria y del Bachillerato («BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2015). Además contestarán una (1) pregunta de reserva que figura en el cuestionario. El tiempo para realizar esta prueba será de veintiún (21) minutos.
La pregunta de reserva, solamente, será valorada en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores.
4. Psicotécnica:
Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:
a) Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.
b) Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, actitudinales y motivacionales.
Los resultados de la prueba psicotécnica aplicada serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.
5. Aptitud psicofísica, que a su vez se dividirá en:
- Prueba de aptitud física: consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el Apéndice II de esta Convocatoria, donde se determinan las marcas mínimas. La calificación de los ejercicios físicos será de «apto» o «no apto».
- Entrevista personal: Destinada a contrastar y ampliar los resultados de la prueba psicotécnica.
El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar que el aspirante posee en grado suficiente, las competencias y cualidades necesarias para el buen desempeño de los cometidos y responsabilidades que le puedan ser encomendadas tras su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
La idoneidad para el desempeño de estos cometidos y responsabilidades se acredita con la valoración, en grado adecuado, de las competencias y cualidades siguientes: I. Adecuación a normas y valores institucionales, II. Responsabilidad/madurez, III. Motivación, IV. Autocontrol, V. Habilidades sociales y de comunicación y VI. Adaptación.
- Reconocimiento médico: se aplicará el cuadro médico de exclusiones del Anexo I de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, según lo dispuesto en su Disposición transitoria primera.
UNA VEZ SUPERADA LA FASE DE OPOSICIÓN:
Los propuestos para ingresar como alumnos efectuarán su presentación en la Academia de Guardias de la Guardia Civil, Baeza (Jaén) y en el Colegio de Guardias Jóvenes, Valdemoro (Madrid).
La enseñanza de formación se completará en dos periodos:
a) Primer periodo: De formación en centro docente, con una carga lectiva de mil sesenta (1.060) horas.
b) Segundo periodo: De prácticas, con una duración de cuarenta (40) semanas.
FECHAS:
Pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil: No convocadas.
Más información en : https://www.guardiacivil.es/es/servicios/tablonanuncios/ingresocuerpo/index.html