CURSO DE ACCESO CFGS
CURSO PREPARATORIO DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
Nuestro centro impartirá el curso de acceso que se desarrolla durante un curso escolar, desde septiembre hasta mayo, con 600 horas en total, en modalidad presencial.
REQUISITOS PARA REALIZAR EL CURSO:
1. No reunir ninguno de los requisitos académicos exigidos para acceder a los ciclos formativos de grado superior.
2. Tener 19 años como mínimo, cumplidos en el año de finalización del curso de formación preparatorio.
Este curso cuenta con 18 horas semanales y se estructura en dos partes:
- una general, que engloba las competencias básicas,
- y una específica en la que se imparte la competencia clave plurilingüe (Inglés) y una competencia clave de opción vinculada a un grupo de familias profesionales.
NORMATIVA CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN 13 JUNIO 2025


CONVALIDACIONES
.
Aquellas competencias que sean objeto de convalidación, por haber superado con anterioridad materias o ámbitos en enseñanzas regladas, tanto en régimen ordinario como de personas adultas, según lo detallado en el Anexo III, se calificarán con un 5 a efectos de obtención de la nota media.
Estas solicitudes se remitirán a la persona que ostente la dirección del centro junto con la documentación acreditativa y deberán ser resueltas en el plazo de cinco días.

ESTRUCTURA Y CONTENIDOS
1. El curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior se estructura en dos partes, una general que comprenderá las competencias básicas, y una específica que comprenderá la competencia clave plurilingüe (inglés) y una competencia clave de opción vinculada a un grupo de familias profesionales.
2. El currículo de referencia para la organización de este curso se centrará en las competencias básicas que permitan cursar con éxito los ciclos de formación profesional de grado superior. Las competencias básicas y dominios competenciales del Marco de Referencia dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero son los siguientes:
a) Competencia básica comunicativa en lengua castellana que consta de los siguientes dominios: expresión oral; comprensión oral; expresión escrita; comprensión escrita.
b) Competencia básica matemática, que consta de los siguientes dominios: números y cálculo; formas y medidas; gráficos y estadísticas.
c) Competencia básica digital que consta de los siguientes dominios: información y alfabetización digital; comunicación y colaboración; creación de contenidos digitales; seguridad y resolución de problemas.
3. El contenido del curso de formación preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior tendrá como referente el nivel 4 de competencias básicas. Se incorporan la competencia clave plurilingüe (inglés) y tres competencias clave: competencia emprendedora; competencia en ciencias; y competencia en tecnología e ingeniería. De estas tres últimas, el alumnado elegirá una para atender a la especificidad de las familias profesionales. El contenido del curso seguirá la concreción establecida en el Anexo XXI.
4. El curso de formación preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior se iniciará en la misma fecha que el resto de enseñanzas impartidas en el centro y tendrá una duración de 600 horas lectivas.
5. La impartición del curso de formación preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior contará con 18 horas semanales y se ajustará a la siguiente distribución horaria:
a) Competencia básica comunicativa en lengua castellana: 5 horas
b) Competencia básica matemática: 4 horas
c) Competencia básica digital: 3 horas
d) Competencia clave plurilingüe (inglés): 3 horas
e) Competencia clave emprendedora / en ciencias / en tecnología e ingeniería: 3 horas 6.
Para el periodo del curso escolar comprendido desde la terminación de la sesión evaluación final y la finalización del régimen ordinario de las clases, el equipo directivo confeccionará un horario para el profesorado que permita la atención de las necesidades organizativas del centro de conformidad con lo dispuesto en el Proyecto Educativo del centro.
EVALUACIÓN
1. Para cada grupo de alumnos y alumnas del curso de formación preparatorio, dentro del periodo lectivo, se realizarán, al menos, dos sesiones de evaluación parcial. Además de estas, se llevará a cabo una sesión de evaluación inicial y una sesión de evaluación final.
2. La evaluación final de los cursos de formación preparatorios se realizará una vez impartidas las 600 horas lectivas que conforman el curso y tendrá lugar, en todo caso, antes del 1 de junio. Los resultados de la evaluación final se darán a conocer al alumnado o a quien ostente su tutela legal.
3. La persona responsable de la tutoría del curso levantará acta del desarrollo de las sesiones de evaluación, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas.
CALIFICACIONES
1. La evaluación del curso será formativa e integradora y se adoptará de manera colegiada por el equipo docente atendiendo a la madurez de cada persona y su capacidad de progresar en la formación.
2. Las calificaciones de los dominios quedarán recogidas en términos de “Demostrado” o “No demostrado”, seguidas de una nota numérica entre 1 y 10, considerándose positiva la calificación de 5 puntos o superior.
En el caso de que la persona no haya acudido y cursado algún dominio, sin estar exenta de su realización, la calificación del dominio se expresará como “No presentado ”, sin corresponder una nota numérica al mismo.
3. La calificación de cada una de las competencias quedará recogida en términos de “Demostrada” o “No demostrada”, seguida de una nota numérica entre 1 y 10 con dos decimales, resultado de la media aritmética de las calificaciones de dominios incluidos en el caso de las competencia básicas. En el caso de que la persona no haya acudido y cursado alguna competencia, sin estar exenta de su realización, la calificación de la competencia se expresará como “No presentado”, sin corresponder una nota numérica a la misma.
4. Una competencia básica se considerará demostrada cuando se cumplan los tres criterios siguientes:
a) Alcanzar una calificación media de 5 puntos o superior.
b) Alcanzar una calificación numérica igual o superior a 3 puntos en todos los dominios incluidos en la competencia, por lo que la persona ha debido cursar todos los dominios de los que no está exenta de realización.
c) Haber demostrado, al menos, tres dominios en el caso de la competencia comunicativa en lengua castellana y de la competencia digital, o dos dominios, en el caso de la competencia matemática.
4. Con carácter general, la calificación de la competencia será la media aritmética de las calificaciones de los dominios que la componen, expresados con dos decimales, siendo positiva la calificación de 5 puntos o superior. No obstante lo anterior, en el supuesto que la competencia se considere superada siguiendo lo detallado en el citado artículo 16,2.c), y si la media aritmética de sus dominios resulta inferior a 5 puntos, se consignará 5 como calificación de esa competencia.
5. En el caso de que, como resultado de la media aritmética de las calificaciones de los dominios de una competencia básica, la calificación fuera igual o superior a 5 puntos, pero no se cumpliera uno o los dos criterios restantes detallados en el apartado anterior, esta quedará recogida en términos de “No demostrada”, seguida de una nota numérica de 4,00 puntos.
6. Las calificaciones de aquellas competencias que, conforme a lo recogido en el Anexo III, sean objeto de convalidación quedarán recogidas en términos de “Convalidada” y se calificarán con un 5,00 a efectos de obtención de la nota media.
7. El curso se considerará superado cuando la calificación de todas las competencias básicas que lo componen sea positiva. En este sentido, la demostración de las competencias clave que conforman la parte específica del curso de formación preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior no será necesaria para la superación del mismo.
La calificación final del curso quedará recogida en términos de “Superado” o “No superado”. En el caso de estar “Superado”, tendrá asignada una nota numérica entre 5 y 10 con dos decimales, resultado de la media aritmética de las calificaciones de sus competencias básicas. En el caso de estar “No superado”, no corresponderá una nota numérica. En el caso de que la persona tenga todas las competencias básicas calificadas como “No presentado”, la calificación final del curso se expresará como “No presentado”, sin corresponder una nota numérica al mismo.
8. Con objeto de determinar la prioridad en el acceso a ciclos formativos de las familias profesionales relacionadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, si la calificación de las competencias básicas, la competencia clave plurilingüe (Inglés) y la competencia clave de cada opción es positiva, se calculará la media aritmética de las calificaciones de las cinco competencias resultando una nota numérica entre 5 y 10 con dos decimales.
9. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el cálculo de las calificaciones de aquellas personas que realicen el curso habiendo demostrado previamente alguno de sus dominios o competencias, mediante cursos o pruebas en convocatorias anteriores, o mediante el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral de nivel 3, por vías no formales y aprendizajes informales, siempre que sean en el marco del Real Decreto 86/2025, de 11 de febrero, se considerará la mayor nota obtenida en los mismos.
10. Las personas interesadas o quienes ostenten la tutela legal podrán presentar reclamación contra la calificación final del curso de acceso de acuerdo con los cauces y el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su Proyecto educativo. En caso de que, tras el proceso de reclamación, persista el desacuerdo con la calificación recibida, la persona interesada o quien ostente su tutela legal podrá presentar recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de educación, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre . Los recursos de alzada a los que se refiere el apartado anterior deberán resolverse y notificarse a las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses desde su interposición. El sentido del silencio será desestimatorio.”
REPETICIÓN DEL CURSO
. 1. El alumnado que haya superado el curso de formación preparatorio podrá volver a inscribirse en el mismo curso con el objeto de mejorar las calificaciones obtenidas, cuando existan plazas vacantes sin límite de convocatorias.
2. El alumnado que no haya superado el curso de formación preparatorio, podrá repetirlo cuando existan plazas vacantes sin límite de convocatorias.
Modificar Blog