Prueba de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior
PRUEBAS PARA EL ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO D
Las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional están destinadas a todas aquellas personas que desean cursar un ciclo formativo de grado D de Formación Profesional y no poseen el requisito académico necesario.
Estas pruebas se convocan anualmente mediante resolución oficial y permiten demostrar la preparación suficiente para cursar los estudios deseados.
La Prueba de acceso a los CFGS es gratuita en Andalucía.
Los resultados de la Prueba de acceso a los CFGS tendrán validez a nivel estatal.
1. Aquellas competencias que sean objeto de convalidación, por haber superado con anterioridad materias en enseñanzas regladas, tanto en régimen ordinario, como de personas adultas, según lo detallado en el Anexo III ( Convalidaciones de las competencias básicas), se calificarán con un 5 a efectos de obtención de la nota media.
2. Se podrá considerar la exención parcial, a las personas que hayan superado parte del curso preparatorio desarrollado en la sección II.
3. Se eximirá totalmente de realizar la prueba de acceso a las personas que:
a) Estén en posesión de un Grado C de nivel 3 de formación profesional (es un Certificado Profesional que acredita tus competencias profesionales para una actividad específica)
b) Cuenten con acreditación de competencias profesionales que supongan, al menos un 30 % de los estándares de competencias incluidos en el ciclo formativo, mediante el procedimiento previsto de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías.
c) Hayan superado el curso preparatorio en su totalidad.
ANEXO III
CONVALIDACIONES DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS
. Los requisitos para realizar la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior son:
a) No reunir ninguno de los requisitos académicos exigidos para acceder a los ciclos formativos de grado superior.
b) Tener 19 años, como mínimo, cumplidos en el año de realización de la prueba.
1. Estas pruebas de acceso permitirán que las personas que no cumplan los requisitos académicos requeridos para el acceso a dichas enseñanzas acrediten las competencias, conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento el ciclo formativo correspondiente.
2. La superación de las tres competencias básicas que conforman la parte general de las pruebas de acceso a las enseñanzas de formación profesional dará lugar a la acreditación del requisito válido para acceder a las mismas.
3. La superación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional permitirá el acceso tanto a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional, como a los ciclos formativos de grado medio de cualquier familia profesional.
4. En el acceso a las enseñanzas de formación profesional de grado superior, la superación además de las competencias clave supondrá un criterio de prioridad para el acceso a los ciclos formativos de las familias profesionales vinculadas a dichas competencias, de conformidad con el Anexo XXII.
CURRÍCULO (Resolución de 13 de junio de 2025)
1. El currículo de referencia para la organización de la prueba y el modo de calificación será el mismo que el establecido para el curso preparatorio para acceder a ciclos formativos de grado superior regulado. Los resultados tendrán validez a nivel estatal.
2. La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de dos partes:
a) La parte general que valorará competencias básicas:
1.ª Competencia básica comunicativa en lengua castellana, que consta de los siguientes dominios:
- expresión oral; comprensión oral;
- expresión escrita y comprensión escrita.
2.ª Competencia básica matemática, que consta de los siguientes dominios:
- números y cálculo;
- formas y medidas
- y gráficos y estadísticas.
3.ª Competencia básica digital, que consta de los siguientes dominios:
- información y alfabetización digital;
- comunicación y colaboración;
- creación de contenidos digitales;
- seguridad y resolución de problemas.
b) La parte específica, que evaluará la competencia clave plurilingüe (inglés) y que se organizará en tres opciones según las competencias clave relacionadas con las familias profesionales de los ciclos formativos conforme figura en el Anexo XXII:
1.ª Opción A: competencia clave emprendedora.
2.ª Opción B: competencia clave en ciencias.
3.ª Opción C: competencia clave en tecnología e ingeniería.
Anexo XXII RELACIÓN DE FAMILIAS PROFESIONALES Y OPCIONES DE COMPETENCIAS CLAVE DE NIVEL 4 OPCIÓN FAMILIAS PROFESIONALES
1.ª Opción A: Competencia clave Emprendedora.
FAMILIAS PROFESIONALES:
- Administración y gestión.
- Comercio y marketing.
- Hostelería y turismo.
-Servicios socioculturales y a la comunidad.
2.ª Opción B: Competencia clave Ciencias.
FAMILIAS PROFESIONALES:
- Química.
- Actividades físicas y deportivas.
- Agraria.
- Industrias alimentarias.
- Sanidad.
- Imagen personal.
- Seguridad y medio ambiente.
3.ª Opción C: Competencia clave Tecnología e ingeniería.
FAMILIAS PROFESIONALES:
- Informática y comunicaciones.
- Edificación y obra civil.
- Fabricación mecánica.
- Instalación y mantenimiento (Excepto Prevención de riesgos profesionales que pertenece a la opción «C»).
- Electricidad y electrónica.
- Madera, mueble y corcho.
- Marítimo-pesquera (Excepto Acuicultura que pertenece a la opción «C»).
- Artes gráficas.
- Transporte y mantenimiento de vehículos.
- Textil, confección y piel.
- Imagen y sonido.
- Energía y agua.
- Industrias extractivas.
- Vidrio y cerámica.
- Arte y artesanías.
1. Aquellas competencias que sean objeto de convalidación, por haber superado con anterioridad materias en enseñanzas regladas, tanto en régimen ordinario, como de personas adultas, según lo detallado en el Anexo III ( Convalidaciones de las competencias básicas), se calificarán con un 5 a efectos de obtención de la nota media.
2. Se podrá considerar la exención parcial, a las personas que hayan superado parte del curso preparatorio desarrollado en la sección II.
3. Se eximirá totalmente de realizar la prueba de acceso a las personas que:
a) Estén en posesión de un Grado C de nivel 3 de formación profesional (es un Certificado Profesional que acredita tus competencias profesionales para una actividad específica)
b) Cuenten con acreditación de competencias profesionales que supongan, al menos un 30 % de los estándares de competencias incluidos en el ciclo formativo, mediante el procedimiento previsto de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías.
c) Hayan superado el curso preparatorio en su totalidad.
ANEXO III
CONVALIDACIONES DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS
CALIFICACIONES
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 110.3 y 114.3 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, el modo de calificación de la prueba será el mismo que el establecido para el curso preparatorio. Por tanto, para la calificación de las pruebas de acceso se atenderá a lo dispuesto en la instrucción trigésima para grado medio y trigesimocuarta para grado superior.
2. En los casos que se reconozca una exención total de la prueba esta circunstancia se reflejará en el acta de calificación consignándose la expresión “EX” en la casilla correspondiente.
3. Para las personas aspirantes que no se presenten a alguno de los ejercicios de los dominios competenciales, sin estar exentas de los mismos, la calificación de la competencia de la prueba correspondiente será «NP», aunque haya obtenido calificación en alguno de los ejercicios restantes.
4. Los alumnos y alumnas que no hayan superado las pruebas de acceso o que deseen elevar las calificaciones obtenidas, podrán repetirlas en convocatorias sucesivas, previa solicitud.
5. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las personas que, no habiendo superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio o de grado superior, hayan superado alguna de sus competencias o dominios podrán solicitar no realizarlas en futuras convocatorias. En la calificación final de la prueba se tendrá en cuenta la calificación que se hubiera obtenido en dichas convocatorias anteriores en las competencias o dominios superados.
6. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el cálculo de las calificaciones de aquellas personas que realicen la prueba teniendo superado previamente alguno de sus dominios o competencias, se considerará la mayor nota obtenida en los mismos.
7. La prueba se considerará superada cuando se hayan superado todas las competencias básicas que componen la parte general. La nota final se calculará hallando la media aritmética de las competencias básicas que componen la prueba de acceso.
8. Con objeto de determinar la prioridad en el acceso a ciclos formativos de grado superior de las familias profesionales relacionadas, se calculará, además, la calificación media de las competencias básicas y las competencias clave superadas para cada opción.
ACCESO AL CERTIFICADO DE CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
RECLAMACIONES A LAS CALIFICACIONES PROVISIONALES DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS
Del 5 al 7 de mayo de 2025, ambos inclusive, si no estás conforme con lo publicado en la relación provisional de calificaciones, puedes presentar reclamación a la misma ante la comisión de pruebas de acceso.
Las reclamaciones se cumplimentarán y presentarán, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual de Centros de la Consejería con competencia en educación.
CALIFICACIONES PROVISIONALES DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS
Se puede consultar en el tablón de anuncios del centro en el que ha solicitado realizar la prueba de acceso a los ciclos formativos, los resultados provisionales de las pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional.
A efectos meramente informativos, se ha publicado en la Secretaría Virtual de la Consejería de educación.
IMPORTANTE: Cada persona podrá solicitar como máximo una solicitud para la prueba de acceso a CFGS (independientemente de la opción de Grado Superior elegida). En el caso de que se presente más de una solicitud, se reconocerá como válida la última presentada dentro de plazo.
CENTROS DONDE SE REALIZARÁ LA PRUEBA DE ACCESO
IES Zaidín Vergeles: Opción A. Humanidades y C. Sociales.
IES Luis Bueno Crespo: Opción B. Ciencias I.
IES Ángel Ganivet: Opción C. Ciencias II.
CALENDARIO DE ESCOLARIZACIÓN 2024/2025
Las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional están destinadas a todas aquellas personas que desean cursar un ciclo formativo y no poseen el requisito académico necesario.
Estas pruebas tienen como finalidad permitir a las personas que no poseen el título de Bachiller continuar su formación accediendo a los ciclos formativos de grado superior.
Cualquier prueba de acceso de grado superior superada es requisito para el acceso a los ciclos formativos de grado superior, pero tendrán prioridad en el acceso los solicitantes que presenten una prueba de acceso relacionada con la opción elegida.
La superación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional permitirá el acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional, en las condiciones establecidas en la normativa de escolarización de las enseñanzas de formación profesional, así como a los ciclos formativos de grado medio de cualquier familia profesional.(Artículo 2.3. Capítulo 2.Orden de 21 de febrero de 2017 por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y grado superior y el curso de formación específico).
La Prueba de acceso a los CFGS es gratuita en Andalucía. La preparación de la Prueba en el IPEP de Granada es gratuita.
La superación de la Prueba de Acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior se considerará equivalente a efectos profesionales ( a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados :
al Título de Graduado en Educación Secundaria si se cumplen otros requisitos, como pueden ser:
- haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la ESO
- o haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas.
al Título de Bachiller si se tiene:
-el Título de Graduado en Educación Secundaria
-o equivalente académico (por ejemplo, 2º de BUP con máximo 2 materias suspensas o un título de FP1 (Título Técnico Auxiliar).
Educagob: Equivalencias con título de bachiller
Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo,por la que se modifica la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
MODELOS DE EXAMEN OTRAS COMUNIDADES
FORMATO PRUEBA DE ACCESO 2024/ 2025
RELACIÓN ENTRE FAMILIAS PROFESIONALES Y OPCIONES DEL GRADO SUPERIOR
DURACIÓN DE LAS PRUEBAS 2025
La parte común de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de tres ejercicios, uno por cada una de las materias que lo componen: Lengua Castellana y Literatura, Lengua Extranjera (inglés o francés), y Matemáticas, de una hora de duración cada uno.
La parte específica de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior, constará de dos ejercicios diferenciados, teniendo cada uno de los ejercicios una duración de una hora. a elegir por el aspirante en el momento de solicitar las pruebas entre las materias de referencia del Bachillerato según la opción por la que desee acceder al grado superior, entre las siguientes materias:
Opción A: Humanidades y Ciencias Sociales
- Geografia
- Empresa y Diseño de Modelos de Negocio.
- 2ª Lengua Extranjera
Opción B: Ciencias I
- Física
- Dibujo Técnico II
- Tecnología e Ingeniería II
Opción C: Ciencias II
- Química
- Biología
- Geología y Ciencias Ambientales.
CALIFICACIONES Y RECLAMACIONES
El acta con los resultados de las pruebas de acceso a los ciclos formativos se hará pública en los tablones de anuncios de los centros docentes públicos organizadores de las pruebas y, a efectos meramente informativos, en la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia de educación el día 2 de mayo de 2025.
En el caso de discrepancia con la calificación obtenida en cualquiera de las partes de la prueba de acceso, las personas interesadas podrán presentar reclamación a la calificación del 5 al 7 de mayo de 2025, ambos inclusive.
Las reclamaciones se cumplimentarán y presentarán, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual de Centros de la Consejería con competencia en educación.
Una vez resueltas las reclamaciones se procederá a la publicación de las calificaciones definitivas de las pruebas el día 9 de mayo de 2025 .
Dicha relación se publicará a efectos meramente informativos, en la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia de educación.
Certificación.
La persona titular de la secretaría del Instituto de Educación Secundaria en el que se haya inscrito el solicitante expedirá a los participantes una certificación con los resultados definitivos de las pruebas, conforme a los modelos que figuran en los Anexos VIII y IX de la Orden de 21 de febrero de 2017. Los participantes de las pruebas de acceso podrán descargarse su certificación a partir del día 19 de mayo de 2025 con las calificaciones definitivas, a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
FORMATO DE LAS PRUEBAS
La Consejería de Educación ha desarrollado un procedimiento informático de diseño, corrección y evaluación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de FP que permite que se realicen los exámenes en el centro examinador.
Cada aspirante realizará la prueba en un ordenador del centro examinador, y tendrá acceso a cada uno de los ejercicios con una clave individual y única.
Las preguntas de las pruebas serán tipo test de elección de respuesta múltiple (cuatro posibles respuestas y solo una de ellas correcta).
Cada uno de los cinco ejercicios que componen la prueba de acceso al grado superior, tendrá una duración de una hora y el número de preguntas por ejercicio será de 20. Cada pregunta tendrá el valor de 0,5 puntos, no restando puntuación las respuestas incorrectas.
MATERIALES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
Se permitirá el uso de calculadora que no sea programable, gráfica ni con capacidad para almacenar o transmitir datos.
No se permitirá el préstamo de calculadoras o cualquier otro material, entre aspirantes, durante las pruebas.
Se precisan auriculares, no inalámbricos, para la contestación de algunas preguntas. Cada aspirante deberá llevar a la prueba sus propios auriculares.
Las personas aspirantes podrán solicitar para cada ejercicio o ámbito de las pruebas una única hoja de papel sellada en la que podrán realizar anotaciones, esquemas, etc. Esta hoja deberá ser entregada a la finalización del ejercicio y no tendrá valor alguno para la evaluación del ejercicio.
No se podrá utilizar ningún material de consulta o apoyo, durante la realización de la prueba.
CALIFICACIONES
La prueba de acceso a CFGS se calificará numéricamente entre cero y diez, con dos decimales para cada una de las dos partes. La nota final de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en cada parte, expresada con dos decimales.
Tanto la parte común como la parte específica de la prueba de acceso a los CFGS , se considerarán superadas cuando habiendo obtenido la persona candidata, al menos, la calificación de tres puntos en todos los ejercicios de cada parte, la media aritmética de ellos sea igual o superior a cinco puntos.
Se considerará superada la prueba de acceso cuando, habiendo obtenido la persona candidata, al menos, la calificación de cuatro puntos en cada una de las dos partes de la prueba, la media aritmética sea igual o superior a cinco puntos.
A efectos del cálculo de la nota final de la prueba de acceso no se tendrán en cuenta las partes o ejercicios de la prueba en las que el participante haya sido declarado exento.
Los alumnos y alumnas que no superen las pruebas de acceso o que deseen elevar las calificaciones obtenidas, podrán repetirlas en convocatorias sucesivas, previa solicitud.
Las personas que, no habiendo superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, hayan superado alguna de sus partes no deberán realizarlos en futuras convocatorias. En la calificación final de la prueba se tendrá en cuenta la calificación que se hubiera obtenido en dichas convocatorias anteriores en las partes superadas.
OFERTA FORMATIVA CICLOS FOMATIVOS GRADO SUPERIOR
CATÁLOGO DE TÍTULOS DE FP GRADO SUPERIOR
OPCIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO RELACIONADA PARA LA ADMISIÓN A FP GRADO SUPERIOR
MATRICULACIÓN EN FORMACIÓN PROFESIONAL
ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES
Plan Educativo no formal de preparación prueba de acceso ciclos formativos.